CEREMONIA

¿Qué otras cosas debemos tener en cuenta para casarnos por la Iglesia Católica?




Si la boda no se realiza en la parroquia que le corresponde a la novia, (según la dirección de residencia de nuestros padres), debemos solicitar una carta de autorización por parte del párroco o sacerdote encargado de nuestra parroquia.


Si uno de los contrayentes no es católico necesitaremos una Dispensa Eclesiástica otorgada por el Obispado o el Arzobispado a la cual pertenece la parroquia donde realizaremos la ceremonia.







Si se trata de un extranjero, todas las actas y certificaciones (Bautizo, Confirmación etc.) tienen que estar legalizadas por el Obispado o Arzobispado correspondiente al país donde se recibieron los Sacramentos.


Si la boda la va a realizar un sacerdote que no sea el párroco del lugar, tendremos que solicitarle al párroco encargado una autorización escrita.


Conversando personalmente con el párroco de la iglesia donde realizaremos la ceremonia, podremos precisar si se requiere de algún otro documento.


Es de suma importancia que comprobemos que en todos los documentos coincidan los nombres de los contrayentes y que estén correctamente escritos, para evitar errores en el momento de asentar el Sacramento en el libro parroquial.


Se recomienda que preparemos una carpeta donde vayamos guardando todos los documentos que se nos solicitan y al momento de entregarlos nos quedemos siempre con una copia. Esto será muy útil para la vida futura en pareja, pues para solicitar documentos se requerirán las fechas y los datos de los diversos eventos.